Inmigración Basada en Negocios, Residencia Permanente
Los Estados Unidos ofrecen una amplia gama de visas tanto temporales como de residencia permanente (esto es, tarjetas de residencia o green cards) para empleadores, empleados, inversionistas, empresarios y otros que se trasladen a los Estados Unidos para fines de empleo o negocios. VERDIN tiene experiencia en todos los aspectos de la inmigración basada en empleo y negocios, y puede ayudarle a cumplir exitosamente con todos los requisitos intrincados de la ley.
Residentes Permanentes
Un(a) residente permanente es alguien a quien se le ha otorgado autorización para vivir y trabajar en los Estados Unidos de forma permanente. Como prueba de ese estatus, se le otorga a la persona una tarjeta de residente permanente (comúnmente conocida como tarjeta verde). Existen diversas maneras para convertirse en residente permanente. La mayoría de las personas son patrocinadas por un miembro de la familia o un empleador en los Estados Unidos.
Para mayor información sobre la Residencia No Permanente Basada en Negocios, sírvase consultar la página relativa a la Inmigración Basada en Negocios, Residencia No Permanente. Para mayor información sobre la Inmigración Basada en la Familia, por favor consulte la página relativa a la Inmigración Basada en la Familia.
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EB-1 Investigador(a)/Profesor(a) Sobresaliente con Capacidades Extraordinarias
EB-1A Competencias Extraordinarias en Ciencias, Artes, Educación, Negocios o Atletas
EB-1B Investigadores(as) y Profesores(as) Destacados
EB-1C Ejecutivos(as) y Gerentes de Transnacionales
EB-2 Título de Posgrado, Competencias Extraordinaria o Exención por Interés Nacional
EB-3 Profesionales, Trabajadores(as) Calificados(as) o Trabajadores(as) No Calificados(as)/u Otros(as)
EB-5 Programa de Inversionista Inmigrante, Residencia Permanente
EB-1 Investigador(a)/Profesor(a) Sobresaliente con Capacidades Extraordinarias
La primera categoría de inmigración basada en el empleo (EB-1), también denominada categoría “trabajadores prioritarios”, está dirigida a aquellos(as) ciudadanos(as) extranjeros(as) que poseen una capacidad extraordinaria, son investigadores o profesores destacados, o son gerentes o ejecutivos de transnacionales. No se requiere certificación laboral del Departamento de Trabajo para la categoría EB-1, ni ninguna petición formal del empleador (aunque bajo determinadas circunstancias una oferta de empleo puede ser requisito).
La categoría EB-1 se divide en tres subcategorías EB-1A, EB-1B y EB-1C:
EB-1A Competencias Extraordinarias en Ciencias, Artes, Educación, Negocios o Atletas
Esta subcategoría es para extranjeros(as) con competencias extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo. El(La) solicitante debe demostrar un prestigio nacional o internacional sostenido y que sus logros han sido reconocidos en su ámbito de experiencia. El(La) solicitante también tiene que demostrar que busca trasladarse a los Estados Unidos para proseguir con su trabajo en el área de sus competencias extraordinarias, y que su entrada beneficiará considerablemente a los Estados Unidos.
Las pruebas deben incluir ya sea un logro aislado notable (por ejemplo, Premio Nobel, Oscar, Medalla Olímpica) o tres de los siguientes:
- Recepción de premios o galardones con menor reconocimiento nacional o internacional
- Membresía en una asociación en el campo para la cual se busca la clasificación que exija méritos excepcionales a sus miembros, según lo determinen expertos nacionales o internacionales reconocidos
- Material publicado acerca de la persona en revistas profesionales o comerciales importantes u otros medios destacados
- Participación como juez del trabajo de otros
- Evidencia de contribuciones científicas, académicas, artísticas, atléticas o comerciales originales de gran trascendencia
- Autoría de artículos académicos en el campo
- Exposiciones o muestras artísticas
- Desempeño en un rol principal o cultural para organizaciones o establecimientos que tengan una reputación distinguida
- Alto salario o remuneración en relación con otras personas en el campo
- Éxito comercial en las artes escénicas
No se requiere certificación laboral del Departamento de Trabajo para la categoría EB-1B.
EB-1B Investigadores(as) y Profesores(as) Destacados
Esta categoría es para investigadores(as) y profesores(as) destacados. En general, el(la) investigador(a) o el(la) profesor(a) debe ser reconocido(a) como sobresaliente en un área académica específica. Es necesario que se destaquen en la comunidad académica a través de la eminencia y la distinción basada en el reconocimiento internacional. Asimismo, el(la) solicitante debe contar al menos con tres años de experiencia en la docencia o investigación en el área académica, y estar buscando trasladarse a los Estados Unidos para asumir:
- un puesto como profesor(a) titular (o permanente) dentro de una universidad o institución de educación superior,
- un puesto comparable en una universidad o instituto de educación superior para realizar investigaciones, o
- una puesto comparable para llevar a cabo investigaciones con un empleador privado, siempre y cuando éste último emplee al menos a tres investigadores(as) de tiempo completo y el departamento, división o institución haya alcanzado logros documentados en un campo académico.
EB-1C Ejecutivos(as) y Gerentes de Transnacionales
Esta categoría está dirigida a ejecutivos(as) y gerentes de multinacionales. En términos generales, el(la) solicitante debe haber estado empleado(a) en el extranjero durante un año en los últimos tres años por una firma, empresa, u otra entidad legal (o una filial o subsidiaria de la misma) en una función gerencial o ejecutiva, y buscar ingresar a los Estados Unidos para prestar servicios al mismo empleador o a una subsidiaria o filial de éste con el carácter de gerente o ejecutivo(a).
En particular, el requisito de “un año en los últimos tres” puede cumplirse incluso si la persona ha estado en los Estados Unidos por más de tres años. Él o ella debe trabajar para el mismo empleador, filial o subsidiaria en los Estados Unidos. y haber trabajado para la empresa en el extranjero con una función gerencial o ejecutiva durante al menos un año de los tres años previos a su ingreso a los Estados Unidos con estatus de no inmigrante (ej. estatus L)
Finalmente, debe demostrarse que el empleador potencial de los Estados Unidos ha venido operando comercialmente durante al menos un año.
No se requiere certificación laboral para esta clasificación; sin embargo, el futuro empleador en los Estados Unidos debe presentar una oferta de trabajo en la forma de una declaración que indique que el(la) ciudadano(a) extranjero(a) será empleado(a) en los Estados Unidos en calidad de gerente o ejecutivo(a). La carta en cuestión debe describir claramente las funciones a realizar por el(la) extranjero(a).
EB-2 Título de Posgrado, Competencias Extraordinarias o Exención por Interés Nacional
La segunda categoría de inmigración basada en el empleo (EB-2) es para los(las) miembros de profesiones que cuentan con un título de posgrado o su equivalente, o quiénes por sus competencias extraordinarias en las ciencias, las artes o los negocios, beneficiarán significativamente a la economía nacional, a los intereses culturales o educativos, o al bienestar de los Estados Unidos, y cuyos servicios sean buscados por un empleador en los Estados Unidos. Por lo general, se requiere una oferta de trabajo y una certificación laboral del Departamento de Trabajo para la categoría EB-2. Aquellos casos que califiquen para obtener una Exención por Interés Nacional no están obligados a exhibir una oferta de trabajo y una certificación laboral. Adicionalmente, ciertas ocupaciones (conocidas como ocupaciones del Anexo A) quedan exentas del proceso de certificación laboral.
La categoría de visa EB-2 se desglosa como sigue:
EB-2 Miembros de Profesiones que Cuenten con un Título de Posgrado o su Equivalente
Esta categoría está dirigida a aquellos solicitantes que llenarán una vacante laboral que exige un título de posgrado o su equivalente. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) considera que el requisito de título de posgrado puede cumplimentarse con lo siguiente: (1)un título de maestría o superior o un título extranjero que se considere equivalente a un título de maestría o superior de una universidad de los Estados Unidos; o (2) un título de licenciatura o un título extranjero sumado a una experiencia con responsabilidad progresivamente mayor de más de cinco años. En este último caso, el requisito de la licenciatura no puede acreditarse remplazando la experiencia laboral. Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) asumen la postura de que, a menos que la certificación laboral o el formulario I-140 indique otra cosa, los cinco años de experiencia podrán usarse tanto para establecer la equivalencia de un título de maestría como para satisfacer cualquier requisito de experiencia además del título de maestría.
Conviene tener presente que hay dos agencias involucradas en el proceso de la visa EB-2 basado en un título de posgrado, el Departamento de Trabajo y los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Se requiere una certificación laboral aprobada del Departamento de Trabajo como parte de este proceso. Existe un conflicto interpretativo entre el Departamento de Trabajo y el USCIS con respecto a los requisitos educativos y de experiencia para la visa EB-2, por lo que se recomienda encarecidamente contratar un abogado competente para abordar este delicado asunto.
EB-2 Competencias Extraordinarias en Ciencias, Artes o Negocios
Esta categoría es para aquellos(as) que poseen un grado de experiencia en las ciencias, las artes o los negocios muy por encima del que normalmente se encuentra en esos campos. Para calificar, el(la) solicitante primero debe cubrir tres de los siguientes requisitos:
- Título relacionado con el área de las competencias extraordinarias
- Carta del empleador actual o anterior que demuestre al menos 10 años de experiencia
- Cédula para ejercer la profesión
- La persona ha obtenido un salario o una remuneración acorde con sus competencias extraordinarias
- Membresía en una asociación profesional
- Reconocimiento por logros y contribuciones significativas a la industria o campo por parte de sus pares, entidades gubernamentales u organizaciones profesionales o comerciales
Pueden presentarse pruebas comparables si las categorías anteriores resultan inaplicables. El(La) solicitante debe comprobar específicamente cómo beneficiará sustancial y potencialmente a la economía nacional, a los intereses culturales o educativos o al bienestar de los Estados Unidos. Se requiere una oferta de trabajo y certificación laboral del Departamento de Trabajo.
EB-2 Exención por Interés Nacional
Los(Las) extranjeros(as) que pretenden obtener una Exención Nacional de Interés (NIW) buscan la residencia permanente bajo la visa EB-2, pero solicitan a la USCIS que los(las) exima de la certificación laboral y la oferta de trabajo que usualmente se requiere para los(las) solicitantes EB-2. Todos(as) los(las) solicitantes EB-2 (incluidos(as) los solicitantes de una NIW) primero deben calificar como un(a) profesional con título avanzado o un extranjero(a) con competencias extraordinarias. La mayoría de las NIW son otorgadas a aquellos(as) que tienen competencias extraordinarias. Los criterios iniciales para una NIW son: (1) la persona busca empleo en un área de mérito intrínseco importante; (2) el beneficio será de alcance nacional; y (3) el interés nacional se vería perjudicado si se exigiera una certificación laboral.
EB-3 Profesionales, Trabajadores(as) Calificados(as) o Trabajadores(as) No Calificados(as)/u Otros(as)
La tercera categoría de preferencia de inmigración basada en el empleo (EB-3) está dirigida a profesionales, trabajadores(as) calificados(as) y trabajadores(as) no calificados(as)/u otros(as). Se requiere una oferta de trabajo y certificación laboral del Departamento de Trabajo para la categoría EB-3. Los requisitos para la visa EB-3 son un poco menos estrictos que para la EB-1 y EB-2.
La categoría de visa EB-3 se desglosa como sigue:
Profesionales EB-3: Los(las) solicitantes de la categoría profesional EB-3 deben ser capaces de demostrar que poseen un título de bachillerato de los Estados Unidos o un título equivalente del extranjero, y que el título de bachillerato constituye el requisito normal para poder desempeñarse en la ocupación. También deben probar a través de una certificación laboral aprobada que realizarán trabajos para los cuales no hay trabajadores(as) calificados(as) disponibles en los Estados Unidos. Cabe señalar que la combinación de educación y experiencia no puede ser remplazada con el requisito del título de bachillerato.
Trabajadores(as) Calificados(as) EB-3: Los(Las) trabajadores(as) calificados(as) solicitantes deben comprobar al menos dos años de experiencia o capacitación. También deben probar a través de una certificación laboral aprobada que realizarán trabajos para los cuales no hay trabajadores(as) calificados(as) disponibles en los Estados Unidos.
Trabajadores(as) No Calificados(as)/Otros(as) EB-3: Los(Las) trabajadores(as) no calificados(as)/otros(as) solicitantes deben ser capaces, al momento en que se presente la petición en su nombre, de desempeñar trabajos no calificados (los cuales requieran menos de dos años de capacitación o experiencia), que no sean de carácter temporal o naturaleza estacional. También deben probar a través de una certificación laboral aprobada que realizarán trabajos para los cuales no hay trabajadores(as) calificados(as) disponibles en los Estados Unidos.
EB-5 Programa de Inversionista Inmigrante, Residencia No Permanente
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